Publicado: 31 de Marzo de 2021
El Ayuntamiento de Zaragoza tendrá que devolver a una sociedad mercantil el importe que en su día le exigió en concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (comúnmente conocido como el impuesto de plusvalía municipal) por la venta de 28 viviendas, 32 plazas de garaje, 23 trasteros y un local comercial. Pese a que la empresa constructora perdió alrededor de 33.000 euros por cada vivienda vendida porque la enajenación se realizó a un precio muy inferior al que costó adquirir el suelo y construir el edificio, el consistorio exigió el pago del impuesto de plusvalía. De ahí que la empresa decidiera ponerse en manos del despacho Palazón Abogados para reclamar la anulación de la actuación del Ayuntamiento.
Tras un largo peregrinaje administrativo y judicial, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N.º 4 de Zaragoza ha dado la razón a la empresa constructora y ha declarado no conforme y ajustada a derecho la actuación del consistorio. ¿La consecuencia? El Ayuntamiento de Zaragoza tendrá que devolver a la empresa promotora no solo los 2.721 euros cobrados por la venta de la vivienda que era objeto de este litigio, sino alrededor de 200.000 euros correspondientes a las viviendas de todo el edificio, puesto que esta sentencia se hará extensiva al resto de pisos, garajes, trasteros y locales del inmueble vendidos a pérdidas y por el que el consistorio cobró el impuesto de plusvalía.
Se trata de un nuevo varapalo judicial para las arcas municipales motivado por este polémico impuesto de plusvalía, del que los medios de comunicación no han tardado en hacerse eco, tal y como se desprende del artículo de Heraldo de Aragón publicado el pasado 20 de marzo de 2021 en la sección de información municipal.
Se abre con esta sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N.º 4 de Zaragoza una nueva vía para que las empresas constructoras y promotoras que tuvieron que vender sus promociones inmobiliarias a pérdidas tras la crisis económica de 2008 y los años posteriores puedan, al menos, recuperar las cuantiosas cantidades que el Ayuntamiento de Zaragoza les reclamó con cada venta de vivienda, garaje, trastero o local comercial que realizaron.
Tres son las claves para entender este nuevo hito en el largo y polémico debate de la aplicación de la plusvalía municipal:
En primer lugar, la magistrada Concepción Gimeno Gracia se reafirma en una sentencia ya dictada en el 2017 con respecto a otra vivienda de este mismo edificio, por el que también se obligó a pagar el Impuesto de plusvalía pese a haberse obtenido un decremento del precio de enajenación con respecto al precio de adquisición del suelo y de construcción. Por lo tanto, al haber ya dos sentencias, quedaría consolidado el planteamiento.
En segundo lugar, merece la pena subrayar que nos hallamos ante un pleito ‘testigo’. Esto significa que, una vez la sentencia devenga firme, podrá pedirse la extensión de sus efectos al resto de viviendas, trasteras, plazas de garaje y locales comerciales del mismo edificio. Si se tiene en cuenta que a la devolución de las cantidades abonadas en su día en concepto de impuesto hay que sumarle los intereses de demora, a un tipo del 3,75% anual, se estima que la cuantía a desembolsar por el Ayuntamiento de Zaragoza a favor de la sociedad mercantil superará los 200.000 euros.
En tercer lugar, existe un aspecto formal a tener en consideración: el consistorio zaragozano esgrimió durante todo el proceso que el recurso administrativo de la empresa debía considerarse extemporáneo puesto que entendía que se presentó fuera de plazo y por tanto, no se agotó la vía administrativa antes de acudir a los tribunales. Lo que sucedió fue (y así lo ha ratificado la magistrada) que la notificación efectuada por el Ayuntamiento de Zaragoza fue defectuosa al no especificarse en ningún momento si esa notificación agotaba o no la vía administrativa. Ante el silencio municipal, la empresa constructora decidió acudir a los tribunales, donde finalmente se le ha dado la razón.