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Publicado: 6 de Octubre de 2020
El Periódico de Aragón publica hoy una noticia en la que se hace eco de una Sentencia recientemente dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Zaragoza, en la cual se condena en costas al Ayuntamiento de Zaragoza "por dilatar un proceso administrativo en un caso de un cobro del impuesto de la plusvalía en el que el dueño del inmueble demostró desde el primer momento que el valor de su propiedad no se había incrementado, todo lo contrario".
En esta resolución, el Juez determina que "se debe considerar demostrado que el suelo correspondiente al inmueble objeto de este litigio ha sufrido una depreciación". En consecuencia, determina el juzgador que, al haberse liquidado el impuesto sin la existencia de incremento del valor del terreno (lo que supone que no se ha producido el hecho imponible), la liquidación ha de ser anulada.
El fallo de esta novedosa Sentencia declara nula y sin efecto dicha liquidación del impuesto efectuada por el Ayuntamiento, a la vez que condena a la devolución del importe pagado por el ciudadano en concepto de plusvalía (añadiendo el interés legal), más las costas procesales.
El asunto comenzó en 2018, cuando el ahora recurrente, asesorado por Santiago Palazón (el Abogado) recurrió la liquidación formulada por el Ayuntamiento, por entender que claramente se había producido un decremento del valor de los inmuebles objeto de transmisión, no produciéndose el hecho imponible.
La noticia completa puede leerse en:
https://www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/juez-condena-ayuntamiento-zaragoza-insistir-cobro-minusvalia_1438650.html