Avalista del negocio de su exmarido: cómo consiguió exonerar 184.056,53 € de deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad
25 de Septiembre de 2026

Descubre cómo una clienta avalista de un negocio familiar fallido logró la exoneración total de 184.056,53 € de deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Caso real gestionado por nuestro despacho.


Hay deudas que se generan por decisiones propias. Y hay deudas que llegan por confiar en otra persona. El caso que os contamos hoy es de estas últimas, y es, precisamente por eso, uno de los que más sentido tiene compartir.


Avalar el negocio de tu pareja: una decisión que puede marcar toda una vida

Nuestra clienta avaló el negocio de su entonces marido. Fue una decisión tomada, como tantas, desde la confianza y el compromiso compartido de un proyecto familiar. El negocio, sin embargo, no salió adelante. Y cuando la actividad empresarial quebró, la deuda no desapareció con ella: se quedó, a nombre de quien había firmado el aval.

Así, sin haber gestionado el negocio, sin haber tomado las decisiones que lo llevaron al fracaso, nuestra clienta se encontró cargando con un pasivo que no le correspondía por origen, pero sí por responsabilidad legal. Una situación mucho más habitual de lo que parece, especialmente entre parejas y familiares que avalan proyectos empresariales sin medir del todo las consecuencias si las cosas no salen bien.


La resolución judicial: exoneración total de la deuda

Tras la tramitación del concurso de acreedores de persona física, el Juzgado de lo Mercantil de Zaragoza ha dictado Auto acordando la exoneración total del pasivo insatisfecho de nuestra clienta: 184.056,53 €.

El razonamiento del Juez, aunque expresado en pocas líneas, resulta contundente: analizado el origen empresarial de la deuda y valorado el nivel de renta actual de la deudora, no concurre ninguna causa legal que impida la exoneración. La deuda, por tanto, queda eliminada por completo.

Esto significa que nuestra clienta ya no debe nada a los acreedores afectados. No hay plan de pagos pendiente, no hay cantidad aplazada: la deuda ha dejado de existir para ella.


Una nueva etapa, con las lecciones aprendidas

Hoy nuestra clienta ha rehecho su vida. Y lo ha hecho, entre otras cosas, optando por un régimen económico matrimonial de separación de bienes en su nueva relación. No es casualidad: es la consecuencia natural de haber vivido en primera persona lo que significa cargar con una deuda ajena.

Puede volver a organizar su vida económica sin el peso de un pasivo que, durante años, condicionó sus decisiones, su tranquilidad y, en muchos casos, hasta su acceso a financiación o a alquilar una vivienda.


¿Por qué existe la Ley de Segunda Oportunidad?

Casos como este son exactamente para los que se creó la Ley de Segunda Oportunidad: personas que avalaron, emprendieron, o confiaron en un proyecto o en otra persona, y que, de buena fe, se vieron después incapaces de hacer frente a las deudas resultantes.

La ley permite, cumpliendo una serie de requisitos, cancelar total o parcialmente esas deudas y empezar de nuevo sin esa losa. No es un mecanismo excepcional ni reservado a grandes empresarios: está pensado también para autónomos, avalistas, exsocios o particulares que se han quedado atrapados en una situación de sobreendeudamiento que ya no pueden asumir.


¿Te sientes identificado con esta historia?

Si has avalado un negocio, un préstamo o una deuda de tu pareja, expareja, familiar o socio, y hoy esa deuda pesa más de lo que puedes soportar, no estás solo en esta situación, y sobre todo: existe una salida legal.

En nuestro despacho analizamos cada caso de forma individual y te explicamos, sin compromiso, si cumples los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Contacta con nosotros y empieza a valorar tu propio camino hacia una vida sin esa deuda.


Virginia Royo

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