La guarda y custodia compartida en Aragón
6 de Marzo de 2026

La guarda y custodia compartida como opción preferente en la ley aragonesa

El legislador aragonés fue pionero en el establecimiento de la guarda y custodia compartida como opción preferente frente a la individual en caso de separación o divorcio, siempre y cuando se salvaguardara el interés y bienestar del menor, a través de la Ley 2/2010, de 26 de mayo.

Posteriormente, a través de la Ley 6/2019, de 21 de marzo, la guarda y custodia compartida dejó de ser de aplicación preferente, señalando el texto legal que el Juez adoptaría la custodia compartida o individual, en función exclusivamente del interés del menor, y de acuerdo a una serie de factores.

En la actualidad y desde la reforma de la Ley 1/2025 de 15 de mayo, hemos retornado al régimen de la custodia compartida con carácter preferente, salvo que por interés superior del menor corresponda la custodia individual a favor de alguno de los progenitores.

Aunque estas modificaciones legales tienen sin duda su interés, no es menos cierto que en la práctica el Juez de familia encargado de tomar esta decisión optará siempre por el régimen que más beneficie a los menores, de acuerdo con las circunstancias concretas del caso.

Es decir, aunque el legislador aragonés prefiera la guarda y custodia compartida, el Juez solamente la adoptará cuando verdaderamente responda al criterio favor filii.

De hecho, no es infrecuente que los Magistrados adopten la guarda y custodia individual a favor de uno de los progenitores, porque sea ése el régimen más adecuado para los menores, valorando circunstancias como: edad y opinión de los niños (a partir de los doce años), aptitud del progenitor para asegurar la estabilidad de los menores, o posibilidad de conciliación de la vida familiar, entre otras.

De acuerdo con datos del INE a nivel nacional, la tendencia desde el año 2015 es que la custodia compartida se adopta cada vez con mayor frecuencia, en detrimento de la individual a favor de la madre; de hecho, en 2023 hubo prácticamente igual número de custodias compartidas que individuales a favor de la madre, mientras que en 2024 es la primera vez que la custodia compartida se sitúa por encima de la individual a favor de la progenitora.

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Virginia Royo

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