Nueva Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza en materia de segunda oportunidad
9 de Abril de 2026

En Palazón Abogados SLP hemos recibido recientemente la Sentencia de 24 de marzo de 2026, por la que la Sección n.º 5 de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha estimado nuestro recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil que denegaba la exoneración del pasivo insatisfecho de un matrimonio con un pasivo de aproximadamente 70.000 euros.

En esta Sentencia, la Audiencia Provincial alude y se fundamenta ya en las recientes Sentencias del Tribunal Supremo de febrero de 2026. Lo más destacable es:

-         El matrimonio se endeudó para adquirir una vivienda en 2022 (préstamos para el pago adelantado de una parte del precio).

-         Desde 2022 el esposo queda en desempleo durante un tiempo y los ingresos del matrimonio empiezan a reducirse drásticamente.

-         La compraventa de la vivienda no llegó a materializarse por falta de recursos, pero ya se encontraban endeudados por los préstamos personales para el adelanto inicial del precio; ello les provoca una insolvencia actual.

-         Ningún acreedor ha formulado oposición a la EPI solicitada por los deudores.

-         Se considera veraz el relato de los deudores, que el endeudamiento del matrimonio no es desproporcionado con el nivel de ingresos y que se ha justificado suficientemente su situación laboral y económica a través de la vida laboral o declaraciones de IRPF.

Con esta Sentencia, los concursados se deshacen de la totalidad de la deuda que arrastraban y comienzan una verdadera segunda oportunidad. Precisamente la ley está pensada para supuestos como éste.

Virginia Royo

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